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El convenio regulador: todo lo que debes saber
El convenio regulador es el documento que regirá tras la ruptura de la pareja, tanto en separación como en divorcio. Su contenido es obligatorio, especialmente si hay menores, ya que lo revisará el Ministerio Fiscal.
En este artículo te cuento cuáles son las cláusulas sobre las que tu pareja y tú vais a tener que llegar a un acuerdo en caso de ruptura de la relación de pareja o divorcio de mutuo acuerdo.
Vamos a analizar cada concepto y, al final, te daré algunos puntos importantes que no se deberían dejar pasar y que deben estar incluidos en el convenio para evitar conflictos futuros.
¿Cuál es el contenido mínimo del convenio regulador?
Resulta fundamental que en el convenio se incluyan:
✅ Medidas sobre los menores: guarda y custodia, patria potestad y contribución a los gastos de los hijos (pensión de alimentos y gastos extraordinarios)
✅ Uso de la vivienda familiar
✅ Cargas del matrimonio: cómo se abonarán los gastos del inmueble, préstamos y bienes comunes si los hubiere.
Pasamos a continuación a detallar la distintas cláusulas que regirán la relaciona de los progenitores con los hijos menores comunes:
📌 Patria potestad de los hijos
Lo normal es que la patria potestad sea atribuida a ambos progenitores en el convenio. Por lo que padre y madre deberán velar por el buen cuidado de los menores e informarse mutuamente sobre la vida los mismos.
📌 Custodia de los hijos
Lo primero que hay que definir es con quién se quedarán los niños. Existen tres modalidades:
1️⃣ Custodia individual: los hijos viven con uno de los progenitores y tienen un régimen de visitas con el otro.
2️⃣ Custodia compartida: crianza del menor con ambos progenitores con un reparto equitativo del tiempo, por ejemplo una semana de convivencia con cada uno de los progenitores.
3️⃣ Custodia progresiva: que supone una transición gradual de custodia individual a compartida para evitar cambios bruscos. Sobre todo se suele acordar cuando el hijo menor cuenta con escasos meses o años de edad.
En la custodia individual, habrá que definir un régimen de visitas, que puede consistir en fines de semana alternos y alguna tarde intersemanal. Siempre dependiendo de la distancia entre domicilios, actividades de los niños y horarios laborales.
En la custodia compartida, también se pueden establecer visitas intersemanales, por ejemplo, con pernocta a mitad de semana.
📌 Vacaciones escolares
Las vacaciones (Navidad, Semana Santa, verano) deben regularse conforme al calendario escolar.
Lo norma es hacer un reparto equitativo:
✔️ En Navidad y Semana Santa: una semana con cada progenitor.
✔️ En Verano: se pueden dividir los meses de julio y agosto por semanas o quincenas.
Conviene detallar horarios de entrega y recogida, así como el lugar donde ha de producirse (colegio, domicilio del otro progenitor, etc.).
📌 Gastos de los hijos
Ambos progenitores deben contribuir según sus posibilidades al sustento del hijo o hijos menores de edad
🔹 Custodia individual: el progenitor no conviviente o no custodio tendrá aportar una pensión de alimentos.
🔹 Custodia compartida: se pueden diferenciar gastos de convivencia (asumidos por cada progenitor cuando los niños están con ellos) y gastos de no convivencia (colegio, comedor, extraescolares, etc.), que pueden abonarse:
✔️ En una cuenta común con aportaciones según ingresos.
✔️ Con una pensión de alimentos diferenciada según el nivel de ingresos (ejemplo: 60%-40%, 70%-30%).
Es importante regular gastos extraordinarios (gafas, psicólogo, dentista, viajes escolares) para evitar conflictos futuros.
📌 Vivienda familiar
Una cuestión clave es decidir quién se queda en la vivienda que ha venido siendo el domicilio familiar.
🏡 Si hay custodia individual, el uso suele otorgarse al progenitor custodio en favor de los hijos.
🏡 En custodia compartida, el criterio cambia y se prioriza al progenitor más necesitado económicamente, pero con un uso temporal limitado (ejemplo: 2 años).
💰 Respeto al pago de gastos de la vivienda:
✔️ Gastos de propiedad (hipoteca, IBI, seguro, comunidad) → los asumen los propietarios.
✔️ Gastos de suministros (agua, luz, gas, internet) → los paga quien usa la vivienda.
📌 Animales de compañía
La nueva ley reconoce a los animales de compañía como seres sintientes, por lo que hay que decidir con quién convivirán y cómo se costearán sus gastos (alimentación, veterinario, vacunas). Si hay niños, generalmente se establece que la mascota siga su mismo régimen de estancia.
📌 Otros detalles importantes
Otras cuestiones importantes que deberían fijarse en el convenio a fin de evitar conflictos en el futuro serían:
✅ Deducciones en la renta: quién podrá aplicarlas por los hijos.
✅ Empadronamiento de los niños: en qué domicilio estarán registrados.
✅ Viajes al extranjero: si requieren autorización del otro progenitor o basta con avisar.
Desde mi experiencia resulta crucial que ambas partes estén de acuerdo con todas las cláusulas del convenio. Firmar un acuerdo sin estar completamente conforme con el mismo puede llevar a conflictos futuros. Es mejor tomarse el tiempo necesario para discutir y acordar cada detalle, aunque esto pueda alargar el proceso de negociación.
Un convenio regulador detallado y bien acordado puede prevenir problemas pasado un tiempo desde la ruptura. Aunque el proceso inicial pueda ser más complicado y llevar más tiempo, es una inversión en tranquilidad futura que recomiendo encarecidamente.
Si necesitas asesoramiento personalizado o quieres que te redacte el convenio regulador, no dudes en ponerte en contacto conmigo sin compromiso.
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