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Consecuencias penales por impago de la pensión alimenticia
El impago de la pensión de alimentos es una de las problemáticas más comunes en los casos de separación o divorcio, y representa un incumplimiento de una obligación legal que tiene consecuencias graves, no solo desde el punto de vista económico, sino también en el ámbito penal.
En España, el progenitor que se niega a cumplir con el pago de la pensión de alimentos puede enfrentarse a sanciones legales, incluyendo penas de cárcel y multas.
En este artículo, te explicaremos las consecuencias penales que puede afrontar un progenitor que no paga la pensión de alimentos, los pasos para denunciar esta situación y las medidas legales disponibles para hacer cumplir esta obligación.
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Impago de la pensión de alimentos: un delito
El incumplimiento del pago de la pensión de alimentos es considerado en España un delito de abandono de familia, recogido en el artículo 227 del Código Penal. Según esta normativa, el progenitor que deje de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos puede ser sancionado con penas de multa e incluso prisión.
“El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses”
Artículo 227 del Código Penal
Como vemos, para que una persona sea condenada en España por el impago de la pensión alimenticia de sus hijos, la ley establece dos requisitos fundamentales:
- Incumplimiento durante un período específico: Es necesario que el obligado a pagar la pensión deje de hacerlo durante dos meses consecutivos o en cuatro meses no consecutivos. Este plazo establece un límite para considerar el incumplimiento como un delito, dado que la pensión alimenticia está destinada a cubrir necesidades básicas del menor.
- Existencia de una resolución judicial: La prestación económica debe haber sido establecida formalmente mediante un convenio regulador aprobado judicialmente o una sentencia judicial, que no necesita ser definitiva para que se pueda exigir el cumplimiento. Esto garantiza que la pensión tenga respaldo legal y no se base únicamente en acuerdos privados entre las partes.
La tipificación penal del impago de la pensión de alimentos en España tiene como objetivo proteger a los miembros más vulnerables de la unidad familiar frente al incumplimiento de los deberes asistenciales por parte del progenitor obligado. Este tipo de delito se configura para salvaguardar el derecho a recibir alimentos, sin que sea necesaria la existencia de un estado de necesidad del hijo o del progenitor custodio como condición para sancionar el incumplimiento.
El propósito de esta legislación es proteger a los hijos y garantizar que reciban el apoyo económico necesario para su desarrollo. El impago prolongado de la pensión afecta directamente su calidad de vida, por lo que la ley es especialmente estricta en estos casos.
Características del Delito de Impago de Pensiones
El impago de la pensión alimenticia se considera un delito permanente de tracto sucesivo acumulativo, lo que significa que cada incumplimiento mensual se acumula al mismo delito. Este delito puede extenderse desde el primer incumplimiento hasta la fecha del juicio, acumulando las mensualidades impagas. La persistencia en el impago, por tanto, amplía la duración y gravedad de la conducta delictiva.
No se Trata de una «Prisión por Deudas»
Es importante destacar que este delito no busca establecer una “prisión por deudas” en el sentido clásico, ya que la sanción penal excluye los casos en los que existe una imposibilidad real y demostrable de cumplir con la obligación. La persecución penal está dirigida específicamente a quienes omiten el pago pudiendo hacerlo, es decir, a aquellos que eluden intencionadamente la obligación económica para con sus hijos, utilizando el impago como una forma de control o negligencia deliberada.
El Impago de Pensión como Violencia Económica
El impago de la pensión alimenticia es considerado, en algunos casos, una forma de violencia económica, especialmente cuando este acto limita el acceso a recursos necesarios para el desarrollo y bienestar de los hijos y genera un impacto directo en el progenitor custodio, en la mayoría de los casos la madre.
La Sentencia del Tribunal Supremo nº 239/2021, de 17 de marzo, ha señalado que esta violencia económica puede ser un medio de control y dominio sobre el progenitor custodio, afectando directamente su capacidad para mantener a sus hijos sin apoyo. De esta forma, el incumplimiento de esta obligación no solo perjudica a los hijos, sino que agrava la situación económica de la persona que asume la responsabilidad diaria de su manutención.
Este enfoque judicial refuerza la gravedad de los efectos del impago en la vida de los menores y en la autonomía económica del progenitor custodio, promoviendo una visión de protección integral y bienestar para los miembros más vulnerables de la familia.
Consecuencias penales del impago de la pensión de alimentos
El progenitor que no cumpla con su obligación de pagar la pensión de alimentos puede enfrentarse a varias consecuencias penales, que son las siguientes:
Pena de prisión
El artículo 227 del Código Penal establece que el progenitor que incumpla su obligación de pagar la pensión de alimentos puede enfrentarse a una pena de prisión de tres meses a un año. Esta pena se aplica cuando el impago es reiterado y se demuestra que el progenitor ha actuado de manera consciente y voluntaria, sin causa justificada.
Es importante destacar que no es necesario que el impago sea total; incluso si se paga una parte de la pensión pero se incumple sistemáticamente con el resto, el progenitor puede ser denunciado y procesado penalmente.
Multa económica
Además de la pena de prisión, el progenitor moroso puede ser condenado a una multa económica de seis a 24 meses. La cuantía de la multa dependerá de los ingresos del progenitor y de la gravedad del incumplimiento. Si el progenitor condenado no paga la multa, esta puede ser sustituida por una pena de prisión. En este caso, el infractor podría cumplir una pena de prisión equivalente a un día de cárcel por cada dos cuotas diarias de multa no pagadas.
Además, la condena por este delito queda registrada en el Registro de Penados y Rebeldes, lo cual afecta los antecedentes penales de la persona condenada.
Atenuante de Reparación del Daño
Si el acusado paga las pensiones atrasadas antes del juicio, puede beneficiarse de la atenuante de reparación del daño prevista en el Código Penal. Esto podría reducir la pena, dado que muestra la intención de resarcir el perjuicio causado.
¿Cómo denunciar el impago de la pensión de alimentos?
Si uno de los progenitores no paga la pensión de alimentos, el progenitor custodio tiene derecho a denunciar esta situación ante las autoridades.
Para que el impago de pensión de alimentos pueda ser perseguido como delito por la vía penal en España, es necesario que la persona agraviada (generalmente el progenitor custodio) presente una denuncia. Este paso es fundamental, ya que las autoridades no actúan de oficio en estos casos. La denuncia activa el procedimiento penal y permite que el caso sea investigado, lo cual puede derivar en una condena para el progenitor incumplidor.
Los pasos para interponer una denuncia por impago de la pensión son los siguientes:
Recopilar pruebas del impago
Antes de iniciar una denuncia penal, es fundamental recopilar todas las pruebas que demuestren el impago. Estas pruebas pueden incluir extractos bancarios, la sentencia judicial que establece la obligación de pago y cualquier documento que refleje el incumplimiento.
Interponer una denuncia penal
Una vez recopiladas las pruebas, el siguiente paso es presentar una denuncia penal ante el juzgado o comisaría más cercana. La denuncia se basa en el artículo 227 del Código Penal y debe detallar las cantidades adeudadas, así como el periodo de impago.
El progenitor que denuncia también puede solicitar medidas cautelares, como el embargo de bienes, para garantizar el cumplimiento de la obligación.
Proceso judicial
Una vez presentada la denuncia, se abrirá un proceso judicial en el que se evaluarán las pruebas y se determinará si el progenitor moroso ha incumplido deliberadamente con su obligación. Si el tribunal considera que existe delito, podrá imponer las sanciones penales correspondientes, incluyendo la prisión, multa.
La responsabilidad civil derivada del delito consistirá en el abono de las cantidades adeudadas en concepto de pensión de alimentos, pudiéndose reclamar como responsabilidad civil todas las cantidades impagadas hasta la fecha del juicio. Esto significa que no solo se pueden reclamar las cantidades que estén pendientes en el momento de la denuncia, sino también aquellos que se acumulen durante todo el proceso penal hasta la celebración del juicio.
Aspectos Clave de la Reclamación de Cantidades Impagadas
- Retroactividad de la reclamación: Se pueden reclamar todas las pensiones no pagadas desde el primer incumplimiento, hasta la fecha del juicio, incluyendo cualquier cantidad impagada durante la tramitación del proceso.
- Responsabilidad Civil: En caso de que el tribunal determine la culpabilidad del deudor, este estará obligado a cubrir la deuda acumulada como parte de la responsabilidad civil del delito.
Así, el progenitor que no recibe la pensión puede solicitar en el juicio penal todas las cantidades acumuladas hasta ese momento, protegiendo así el derecho a recibir la totalidad de la manutención que corresponde a los hijos.
Es importante contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho de familia para guiarte durante todo el proceso.
Circunstancias atenuantes o justificantes
En los casos de impago de la pensión de alimentos, uno de los argumentos más comunes es la falta de recursos económicos o la reducción significativa de ingresos del progenitor obligado al pago.
- Pérdida de empleo o reducción significativa de ingresos.
- Problemas de salud que le impiden trabajar.
- Crisis económicas inesperadas que le imposibilitan cumplir con la obligación.
Sin embargo, los Juzgados de lo Penal en España generalmente no consideran esto una justificación válida para exonerar de responsabilidad, ya que existe una sentencia o convenio regulador que debe cumplirse.
La jurisprudencia establece que el incumplimiento de esta obligación requiere la intervención previa en un proceso civil de modificación de medidas, solicitando una reducción de la cuantía de la pensión debido a cambios económicos significativos.
Prescripción del delito de impago de alimentos
El delito de impago de pensión de alimentos en España tiene un plazo de prescripción de cinco años. Esto significa que el derecho a perseguir penalmente este delito se extingue si han pasado cinco años desde el incumplimiento, sin que se haya iniciado ningún proceso judicial. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que el impago se convierte en una conducta continuada.
Detalles del Plazo de Prescripción
- Inicio del cómputo: El plazo de prescripción comienza a contar desde el primer momento en que el obligado a pagar deja de cumplir con la obligación de abonar la pensión, siempre y cuando el impago sea constante.
- Suspensión del plazo: Si el impago continúa, el delito se considera de tracto sucesivo, y el plazo de prescripción no comienza hasta que se deja de producir la conducta delictiva de manera continua, es decir, hasta que cesa el impago o se reanuda el pago.
Esto significa que, mientras el progenitor obligado no cumpla con el pago de la pensión de alimentos, el plazo de prescripción no comenzará a contar, y el progenitor custodio mantiene su derecho a denunciar el incumplimiento.
Preguntas frecuentes sobre las consecuencias penales por impago de la pensión de alimentos
¿Cuántos meses de impago se necesitan para denunciar?
Se puede denunciar el impago de la pensión de alimentos cuando el progenitor no ha pagado durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos. Estos periodos son suficientes para interponer una denuncia penal.
¿El progenitor puede ir a la cárcel por no pagar la pensión?
Sí, el progenitor que no paga la pensión de alimentos puede enfrentar una pena de prisión de tres meses a un año si se demuestra que el impago es voluntario y reiterado.
¿Se puede embargar el salario del progenitor que no paga?
Sí, los tribunales pueden ordenar el embargo del salario o de otros bienes del progenitor moroso para asegurar el pago de la pensión de alimentos adeudada.
¿Qué pasa si el progenitor no tiene ingresos ni bienes?
Si el progenitor no tiene ingresos ni bienes, puede alegar insolvencia como una circunstancia atenuante. Sin embargo, esta situación no le exime completamente de su obligación, y deberá demostrar que está buscando empleo o mejorando su situación económica.
¿Se puede reclamar la pensión de alimentos si el progenitor está en el extranjero?
Sí, aunque el progenitor resida en otro país, es posible reclamar la pensión de alimentos mediante los tratados internacionales y convenios que España tiene con otros países para ejecutar estas obligaciones.
¿Qué hacer si el progenitor deja de pagar de forma intermitente?
Si el progenitor paga la pensión de manera irregular, es posible denunciarlo si se incumplen los plazos establecidos en la sentencia judicial, aunque los pagos sean esporádicos. La ley establece sanciones para los casos de impago recurrente.
Conclusión
El impago de la pensión de alimentos es un delito grave en España, con consecuencias penales que pueden incluir desde penas de prisión hasta multas y embargos de bienes y salarios. Los progenitores que no cumplen con esta obligación legal ponen en riesgo el bienestar de sus hijos y deben enfrentarse a las sanciones establecidas por la ley.
Es fundamental que, en caso de dificultades económicas, el progenitor que no puede pagar solicite una modificación de medidas, en lugar de incumplir con su responsabilidad, para evitar las consecuencias legales.
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