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El Impago de Hipoteca como Delito de Abandono de Familia
El impago de una hipoteca puede tener graves consecuencias legales cuando está vinculado a situaciones familiares como divorcios o separaciones. En este contexto, el delito de abandono de familia por impago de la hipoteca se contempla en el artículo 227 del Código Penal español. Este delito no solo se refiere a la falta de pago, sino al desamparo que esta acción puede causar al otro cónyuge y a los hijos comunes.
En este artículo exploraremos qué es este delito, cuáles son los requisitos para que sea aplicable y qué consecuencias legales tiene.
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¿Qué es el delito de abandono de familia por impago de hipoteca?
El delito de abandono de familia por impago de hipoteca ocurre cuando uno de los cónyuges deja de pagar las cuotas hipotecarias durante dos meses consecutivos o cuatro meses alternos en los casos donde la obligación de pago está establecida en una resolución judicial o convenio regulador.
Este delito tiene como fundamento proteger a la familia frente a situaciones de desamparo derivadas del incumplimiento de las obligaciones económicas por parte de uno de los progenitores.
¿Dónde se regula este delito?
El artículo 227.1 del Código Penal establece lo siguiente:
«El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial […] será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.»
Este artículo incluye tanto las pensiones alimenticias como cualquier otra prestación económica recogida judicialmente, como es el caso del pago de la hipoteca en un proceso de separación o divorcio.
Requisitos para que se considere delito
Para que el impago de la hipoteca se configure como delito de abandono de familia, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Duración del impago:
- El deudor debe haber dejado de pagar durante al menos dos meses consecutivos o cuatro meses alternos.
- Resolución judicial o convenio regulador:
- La obligación de pago debe estar recogida en un convenio regulador aprobado judicialmente o en una sentencia.
- Conocimiento de la obligación:
- El deudor debe ser plenamente consciente de su obligación de pago.
- Voluntariedad del impago:
- El impago debe ser voluntario. Si se demuestra que el deudor no tiene recursos económicos para cumplir con la obligación, no podrá ser condenado.
- Capacidad económica del deudor:
- Si el obligado tiene posibilidades de pago y decide no hacerlo, incurre en este delito.
Consecuencias legales del delito
El cónyuge que incumpla con el pago de la hipoteca puede enfrentarse a las siguientes penas:
- Pena de prisión:
- De tres meses a un año.
- Multa económica:
- De seis a veinticuatro meses, dependiendo de la gravedad del caso y de los ingresos del deudor.
- Reparación del daño:
- El deudor deberá pagar las cantidades adeudadas como reparación del daño causado, además de las penas impuestas.
Alternativas al procedimiento penal
Si no deseas interponer una denuncia penal, existen opciones en la vía civil para reclamar el pago de las cuotas hipotecarias.
¿Cómo funciona la vía civil?
- Demanda de ejecución:
- Se presenta una demanda en el juzgado que dictó la sentencia o el convenio regulador.
- Requerimiento de pago:
- Si el juez admite la demanda, requerirá al deudor que cumpla con su obligación de pago y salde las deudas pendientes.
- Embargo de bienes:
- Si el deudor no cumple, se podrán embargar sus bienes o nómina para cubrir la deuda.
¿Se pueden combinar la vía penal y la vía civil?
Sí, es posible iniciar ambas acciones simultáneamente. Sin embargo, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Si el pago de las cantidades adeudadas se acuerda en la vía civil, el juzgado penal no podrá exigir el pago nuevamente.
- En la vía penal, solo se podrá condenar al deudor a prisión o multa, pero no se duplicará la reparación económica.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si dejo de pagar la hipoteca tras el divorcio?
Si la obligación de pago está recogida en una resolución judicial o convenio regulador, el impago puede considerarse un delito de abandono de familia, con penas de prisión o multa.
¿Puedo reclamar el pago de la hipoteca si no quiero denunciar?
Sí, puedes iniciar un procedimiento civil para reclamar las cuotas impagadas. Este proceso permite el embargo de bienes o salarios del deudor.
¿Qué pruebas necesito para denunciar el impago de hipoteca?
Es necesario presentar la sentencia judicial o convenio regulador que establezca la obligación de pago, así como documentos que acrediten el impago (extractos bancarios, notificaciones del banco, etc.).
¿Qué pasa si el deudor no tiene dinero para pagar?
Si se demuestra que el deudor carece de recursos económicos para pagar, no podrá ser condenado penalmente, ya que no se considera abandono de familia.
¿El banco puede actuar si no se paga la hipoteca?
Sí, el banco puede iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria para recuperar la deuda, lo que puede llevar a la subasta del inmueble. Esto es independiente del procedimiento civil o penal entre los cónyuges.
Conclusión
El impago de la hipoteca en casos de separación o divorcio puede ser considerado un delito de abandono de familia si cumple con los requisitos establecidos en el Código Penal. Las consecuencias incluyen penas de prisión, multas y la obligación de saldar las deudas pendientes.
Si te encuentras en esta situación, es fundamental buscar asesoramiento legal para determinar la mejor vía de actuación, ya sea la denuncia penal, el procedimiento civil o ambos. Proteger los derechos económicos de tu familia es una prioridad, y contar con expertos en Derecho de Familia te ayudará a tomar decisiones informadas y efectivas, por lo que no dudes en consultarme sin compromiso.
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