Diferencias entre la pensión alimenticia para hijos menores y mayores de edad

La pensión alimenticia es una obligación que los progenitores tienen hacia sus hijos desde el momento de su nacimiento hasta que alcanzan la independencia económica. Sin embargo, esta responsabilidad tiene características diferentes dependiendo de si el hijo es menor o mayor de edad.

A continuación, analizamos qué comprende esta obligación, las diferencias clave según la edad de los hijos y las implicaciones legales en casos donde el hijo no estudia ni trabaja.

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¿Qué se entiende por alimentos?

El artículo 142 del Código Civil establece que los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del alimentista. En el caso de los menores, este concepto abarca todas sus necesidades, mientras que para los mayores de edad se reduce a cubrir solo aquellas situaciones de verdadera necesidad, principalmente relacionadas con la formación y educación.


La pensión alimenticia para hijos menores de edad

Para los menores, la obligación de los padres no es solo una cuestión económica, sino un deber inherente a la filiación y la patria potestad. Esto significa que los progenitores están obligados a cubrir absolutamente todas las necesidades de los hijos, incluyendo alimentación, vivienda, educación, ropa y cuidados médicos.

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Esta obligación es amplia y no está condicionada, ya que el menor depende completamente de sus progenitores para su subsistencia. La pensión alimenticia, en este caso, se configura como una extensión de la responsabilidad parental.


¿Qué cambia cuando el hijo alcanza la mayoría de edad?

Al cumplir los 18 años, la patria potestad desaparece, pero la obligación de prestar alimentos no se extingue automáticamente. Sin embargo, su alcance se ve limitado. Según la Audiencia Provincial de Madrid (17 de octubre de 2017):

“El contenido de la obligación de prestar alimentos respecto de los hijos mayores de edad se integra solo por las situaciones de verdadera necesidad, y no meramente asimiladas a las de los hijos menores”.

Esto implica que la pensión alimenticia para mayores de edad se enfoca en cubrir exclusivamente los gastos de educación y formación, siempre que se demuestre un aprovechamiento académico y el hijo no haya alcanzado la independencia económica.


¿Qué ocurre si el hijo no estudia ni trabaja?

Cuando el hijo mayor de edad no demuestra aprovechamiento en sus estudios o no busca activamente su inserción laboral, la pensión alimenticia puede extinguirse. Esto se debe a que pierde la causa que justificaba su mantenimiento, como lo establece la Sentencia del Tribunal Supremo 395/2017:

“… La no culminación de estudios por parte del hijo, debido a su escasa disposición al estudio, y la falta de intento de inserción laboral, justifican la extinción de la pensión alimenticia.”

Casos en los que se extingue la pensión alimenticia:

  1. Ausencia de aprovechamiento académico: Si el hijo no progresa en sus estudios y esto es imputable a su actitud.
  2. Edad laboral sin empleo ni búsqueda activa: Cuando el hijo está en edad de trabajar, pero no realiza esfuerzos para encontrar un trabajo.
  3. Falta de justificación de la necesidad: Si el hijo no demuestra que requiere de la pensión para subsistir.
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Diferencias clave entre hijos menores y mayores de edad

Hijos menores:

  • La pensión cubre todas sus necesidades básicas y educativas.
  • La obligación de los padres es total y está basada en la patria potestad.
  • No se exige al menor ninguna contribución a las cargas familiares.

Hijos mayores:

  • La pensión se limita a cubrir gastos de formación o educación.
  • Se exige que haya aprovechamiento académico o intento de inserción laboral.
  • La obligación se mantiene solo si existe una situación de necesidad justificada.

Implicaciones legales

La extinción o reducción de la pensión alimenticia para hijos mayores de edad debe solicitarse mediante un procedimiento judicial de modificación de medidas. Para ello, es necesario aportar pruebas que justifiquen que el hijo:

  • No está estudiando con dedicación o aprovechamiento.
  • No está buscando empleo de forma activa.
  • Tiene las capacidades necesarias para ser económicamente independiente.

En este sentido, las resoluciones judiciales suelen priorizar el equilibrio entre el apoyo al hijo y la responsabilidad del progenitor obligado al pago, considerando factores como la duración de la formación, la actitud del hijo y su edad.


Conclusión

La pensión alimenticia tiene diferencias significativas según la edad del hijo. Mientras que para los menores abarca todas sus necesidades, en los mayores se limita a garantizar su formación y solo si esta se realiza con aprovechamiento. En situaciones donde el hijo no estudia ni trabaja, la jurisprudencia permite la extinción de la pensión, ya que pierde su razón de ser. Es fundamental que los progenitores estén al tanto de sus derechos y obligaciones, y que soliciten asesoramiento legal en caso de necesitar ajustar las medidas establecidas.

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Ignacio de Cos Cuesta
Ignacio de Cos Cuesta

Soy Abogado en ejercicio, miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Colegiado n.º 81523 con más de 13 años de experiencia en procesos de familia.

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