Legitimación para reclamar alimentos en hijos mayores de edad

Cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, la pensión de alimentos que reciben de sus progenitores no se extingue automáticamente. En muchos casos, los hijos mayores de edad pueden seguir necesitando apoyo económico, especialmente si están estudiando o no han logrado una independencia económica. En este contexto, surge la cuestión de la legitimación para reclamar la pensión de alimentos una vez que el hijo ha alcanzado los 18 años.

En este artículo, abordaremos qué es la legitimación para reclamar alimentos en hijos mayores de edad, en qué situaciones es posible seguir reclamando esta pensión y cómo se lleva a cabo el proceso legal.

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¿Qué es la legitimación para reclamar alimentos?

La legitimación se refiere al derecho legal que una persona tiene para iniciar un procedimiento judicial y reclamar algo que considera que le corresponde. En el caso de los hijos mayores de edad, la legitimación para reclamar alimentos implica que, una vez alcanzada la mayoría de edad, son ellos mismos quienes deben reclamar la pensión de alimentos, ya que adquieren la capacidad legal para hacerlo.

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Esto significa que, aunque antes de los 18 años los progenitores custodios eran quienes gestionaban la reclamación y administración de la pensión de alimentos en nombre de los hijos, una vez alcanzada la mayoría de edad, son los hijos quienes deben asumir este rol.

Continuidad de la pensión de alimentos después de los 18 años

Aunque los hijos cumplan los 18 años, la obligación de los progenitores de prestar alimentos no se extingue de manera automática. En muchas situaciones, los progenitores están obligados a seguir proporcionando apoyo económico hasta que los hijos logren su independencia económica. Algunas de las circunstancias en las que se puede seguir reclamando la pensión incluyen:

  • Estudios universitarios: Si el hijo está cursando estudios superiores o de formación profesional, puede seguir necesitando el apoyo de sus progenitores para cubrir gastos relacionados con su educación.
  • Falta de ingresos: Si el hijo no ha logrado conseguir un empleo estable y sigue siendo económicamente dependiente, tiene derecho a seguir recibiendo la pensión de alimentos.
  • Discapacidad o enfermedad: En casos en los que el hijo tiene una discapacidad o enfermedad que le impide trabajar y alcanzar la independencia, la pensión de alimentos puede extenderse indefinidamente.

¿Quién tiene la legitimación para reclamar alimentos en hijos mayores de edad?

Cuando un hijo cumple 18 años, él mismo adquiere la legitimación activa para reclamar la pensión de alimentos. Esto significa que debe ser el hijo, y no el progenitor custodio, quien inicie cualquier procedimiento judicial para reclamar el pago o actualización de la pensión de alimentos.

Procedimiento para reclamar la pensión de alimentos

Si un hijo mayor de edad desea reclamar o modificar la pensión de alimentos, deberá iniciar un proceso judicial. Los pasos para llevar a cabo este procedimiento son los siguientes:

  1. Reunir pruebas: El hijo deberá presentar pruebas de que sigue siendo dependiente económicamente. Esto puede incluir matrículas universitarias, contratos de trabajo temporales o pruebas médicas en caso de enfermedad o discapacidad.
  2. Demanda judicial: El hijo mayor de edad deberá presentar una demanda judicial ante el tribunal que dictó la sentencia original de alimentos o uno nuevo si no existe sentencia previa. Esta demanda solicitará el pago continuado de la pensión de alimentos.
  3. Evaluación judicial: El tribunal evaluará si el hijo tiene derecho a seguir recibiendo la pensión en función de su situación económica, edad, estudios y demás circunstancias personales.
  4. Resolución: Si el tribunal considera que el hijo tiene derecho a la pensión, ordenará que el progenitor siga pagando la cantidad estipulada o una nueva cantidad ajustada a las necesidades del hijo y la capacidad económica del progenitor.
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¿Cuándo se extingue la obligación de pagar la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos se extingue cuando el hijo alcanza la independencia económica, lo que significa que puede mantenerse a sí mismo sin el apoyo de sus progenitores. Sin embargo, la independencia económica no está sujeta a una edad fija, sino a la situación particular del hijo. Algunos factores que pueden llevar a la extinción de la pensión son:

  • Finalización de los estudios: Si el hijo ha completado su formación académica y ha encontrado un empleo estable, la obligación de pagar la pensión de alimentos puede terminar.
  • Inactividad o falta de esfuerzo: Si el hijo mayor de edad no busca activamente empleo ni continúa con su formación, los progenitores pueden solicitar la extinción de la pensión de alimentos.
  • Edad avanzada del hijo: Aunque no hay una edad máxima establecida para recibir la pensión, los tribunales tienden a considerar que es razonable extinguir la obligación cuando el hijo alcanza los 25-30 años, siempre que no haya circunstancias especiales que justifiquen su prolongación.

Preguntas frecuentes sobre la legitimación para reclamar alimentos en hijos mayores de edad

¿Quién debe reclamar la pensión de alimentos una vez que el hijo cumple los 18 años?

Cuando el hijo cumple los 18 años, es él mismo quien tiene la legitimación para reclamar la pensión de alimentos. Esto significa que debe iniciar cualquier acción legal en su propio nombre, ya que es mayor de edad.

¿Se puede seguir reclamando la pensión de alimentos después de los 18 años?

Sí, es posible seguir reclamando la pensión de alimentos después de los 18 años si el hijo sigue siendo dependiente económicamente. Esto incluye situaciones como estudios universitarios, falta de empleo estable o discapacidades que impidan alcanzar la independencia económica.

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¿Cuándo se extingue la pensión de alimentos para un hijo mayor de edad?

La pensión de alimentos se extingue cuando el hijo alcanza la independencia económica, lo que puede ocurrir al finalizar sus estudios y obtener un empleo estable. También puede extinguirse si el hijo muestra falta de esfuerzo en buscar trabajo o continuar con su formación.

¿Qué pruebas debe aportar el hijo mayor de edad para reclamar la pensión de alimentos?

El hijo mayor de edad deberá aportar pruebas que demuestren su dependencia económica, como matrículas universitarias, contratos temporales de trabajo o pruebas médicas en caso de enfermedad o discapacidad.

¿Los progenitores pueden dejar de pagar la pensión si el hijo no busca empleo?

Sí, si el progenitor demuestra que el hijo no está haciendo un esfuerzo razonable por encontrar empleo o completar su formación, puede solicitar al tribunal la extinción de la pensión de alimentos.

Conclusión

La legitimación para reclamar alimentos en hijos mayores de edad recae directamente en el propio hijo una vez cumple los 18 años. Aunque los progenitores siguen estando obligados a prestar alimentos mientras el hijo sea dependiente económicamente, este debe asumir la responsabilidad de iniciar las reclamaciones si el progenitor no cumple con su obligación. La pensión se mantendrá hasta que el hijo logre la independencia económica, siempre que se demuestre que sigue necesitando este apoyo.

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