¿Qué gastos no están incluidos en la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es una obligación legal destinada a cubrir las necesidades básicas de los hijos menores o económicamente dependientes tras la separación o divorcio de los progenitores.

Aunque esta pensión cubre una amplia gama de gastos esenciales, como alimentación, educación, vivienda y atención médica, existen algunos gastos extraordinarios que no están incluidos y deben ser acordados entre los progenitores o decididos por un juez. Estos gastos, por lo general, no son predecibles ni recurrentes, lo que los diferencia de los cubiertos por la pensión alimenticia.

En este artículo, analizaremos qué gastos no están cubiertos por la pensión alimenticia y cómo se gestionan estos gastos adicionales.

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¿Qué gastos no cubre la pensión alimenticia?

Aunque la pensión alimenticia cubre los gastos básicos del menor, ciertos gastos extraordinarios no están incluidos. Estos gastos suelen ser inesperados, no periódicos o demasiado altos para ser cubiertos con la pensión mensual. Algunos de los gastos no incluidos son:

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1. Gastos médicos y tratamientos especiales

La pensión alimenticia cubre la atención médica básica, como visitas regulares al médico y medicamentos. Sin embargo, los gastos médicos extraordinarios, como tratamientos especiales, cirugías, ortodoncia, terapias psicológicas o tratamientos que no estén cubiertos por la seguridad social, no están incluidos. Estos gastos suelen considerarse extraordinarios, y es necesario que ambos progenitores acuerden cómo se repartirán los costes.

2. Actividades extraescolares y deportivas

Las actividades extraescolares, como clases de música, deportes, idiomas o cualquier tipo de actividad recreativa que no sea obligatoria para la educación del menor, no están cubiertas por la pensión alimenticia. Estos gastos deben ser acordados por los progenitores. Aunque en algunos casos pueden considerarse esenciales para el desarrollo del niño, como clases de refuerzo académico, por lo general, se consideran gastos extraordinarios.

3. Viajes escolares y excursiones

Los viajes escolares o excursiones que no sean parte del programa educativo obligatorio también se consideran gastos extraordinarios. Aunque se trate de una actividad organizada por el centro educativo, no forman parte de los gastos básicos cubiertos por la pensión alimenticia. El progenitor custodio debe consultar con el otro progenitor antes de inscribir al menor en actividades que impliquen costes adicionales.

4. Material escolar fuera de lo básico

La pensión alimenticia cubre los materiales escolares básicos, como libros y uniformes. Sin embargo, cualquier gasto adicional relacionado con la educación, como la compra de dispositivos electrónicos (ordenadores, tabletas) o material específico para actividades especiales, no está incluido en la pensión y suele considerarse un gasto extraordinario.

5. Celebraciones y eventos sociales

Los gastos relacionados con celebraciones especiales, como cumpleaños, comuniones, o cualquier tipo de evento social no están cubiertos por la pensión alimenticia. Estos gastos no son esenciales para la vida cotidiana del menor y, por lo tanto, suelen ser gestionados a través de un acuerdo entre los progenitores.

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6. Gastos relacionados con la universidad

Aunque la pensión alimenticia cubre la educación básica, los gastos universitarios son considerados extraordinarios. Esto incluye las matrículas, libros, alojamientos o cualquier coste asociado a estudios superiores, que deben ser acordados entre los padres cuando el menor alcance la mayoría de edad.

¿Cómo se gestionan los gastos extraordinarios?

Los gastos extraordinarios no están incluidos en la pensión alimenticia, pero siguen siendo parte de las responsabilidades compartidas de los progenitores. Para gestionarlos adecuadamente, es necesario que ambos padres lleguen a un acuerdo mutuo sobre cómo repartir estos gastos. En algunos casos, los acuerdos sobre los gastos extraordinarios pueden estar estipulados en la sentencia de divorcio o separación.

Proceso para reclamar gastos extraordinarios

Si no hay un acuerdo entre los progenitores sobre cómo gestionar los gastos extraordinarios, el progenitor que incurre en estos gastos puede presentar una reclamación ante el tribunal para que el juez determine cómo se deben repartir estos gastos. El juez evaluará si el gasto es necesario y si debe ser compartido entre los progenitores en proporción a sus recursos económicos.

Preguntas frecuentes sobre gastos no cubiertos en la pensión alimenticia

¿Qué se consideran gastos extraordinarios en la pensión alimenticia?

Los gastos extraordinarios son aquellos que no son previsibles ni regulares, y que exceden lo que cubre la pensión alimenticia. Incluyen tratamientos médicos especiales, actividades extraescolares, viajes escolares, material específico no esencial y eventos sociales como cumpleaños o comuniones.

¿Cómo se deben gestionar los gastos extraordinarios?

Los gastos extraordinarios deben ser acordados entre ambos progenitores. Si no existe un acuerdo, el progenitor puede acudir al tribunal para reclamar la parte correspondiente al otro progenitor, en proporción a su capacidad económica.

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¿Los gastos universitarios están cubiertos por la pensión alimenticia?

No, los gastos universitarios, como matrículas, alojamiento o material para los estudios superiores, se consideran gastos extraordinarios y no están incluidos en la pensión alimenticia. Estos gastos deben ser gestionados a través de un acuerdo entre los progenitores.

¿Qué hacer si el otro progenitor se niega a pagar gastos extraordinarios?

Si no hay acuerdo y el otro progenitor se niega a cubrir su parte de los gastos extraordinarios, el progenitor que incurrió en dichos gastos puede reclamar judicialmente. El juez evaluará si el gasto es necesario y determinará cómo se debe repartir el coste.

¿Los tratamientos médicos están cubiertos por la pensión alimenticia?

La atención médica básica está cubierta por la pensión alimenticia, pero los tratamientos médicos especiales o no cubiertos por la seguridad social, como ortodoncia o terapias psicológicas, se consideran gastos extraordinarios y deben ser acordados por ambos progenitores.

Conclusión

Aunque la pensión alimenticia cubre las necesidades básicas de los hijos, como alimentación, educación y vivienda, hay ciertos gastos extraordinarios que no están incluidos y que deben ser gestionados de manera separada. Estos gastos, como tratamientos médicos especiales, actividades extraescolares o viajes, suelen ser compartidos por ambos progenitores de acuerdo con su capacidad económica. En caso de desacuerdo, siempre es posible reclamar judicialmente para que el juez determine cómo se deben repartir estos costes adicionales.

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