Prescripción de la deuda por impago de pensión de alimentos

El impago de la pensión de alimentos es un problema serio que afecta a muchas familias en España. La ley establece una serie de consecuencias legales para el progenitor que incumple esta obligación, pero también existen límites temporales para reclamar las cantidades adeudadas. Este límite está determinado por el concepto de “prescripción” de la deuda, que en términos legales significa que, pasado un cierto tiempo, no se puede exigir judicialmente el cobro de las pensiones impagadas.

En este artículo, explicaremos en qué consiste la prescripción de la deuda por impago de pensión de alimentos, cuánto tiempo tiene el progenitor custodio para reclamar, y cómo evitar que la deuda prescriba.

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¿Qué significa la prescripción de la deuda por impago de pensión de alimentos?

La prescripción es un término legal que establece un límite de tiempo para que una persona pueda ejercer su derecho a reclamar una deuda o tomar acciones legales. En el caso de la pensión de alimentos, la prescripción se refiere al plazo máximo que tiene el progenitor custodio para reclamar judicialmente el impago de las cantidades adeudadas.

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Una vez transcurrido el plazo de prescripción, el derecho a reclamar esa deuda expira y, aunque el progenitor deudor siga debiendo esas cantidades, ya no podrá ser obligado judicialmente a pagarlas. Por lo tanto, es crucial que el progenitor custodio esté al tanto de estos plazos y actúe antes de que la deuda prescriba.

¿Cuál es el plazo de prescripción para el impago de pensión de alimentos en España?

El plazo de prescripción para reclamar la pensión de alimentos impagada en España es de cinco años. Esto significa que el progenitor custodio tiene un máximo de cinco años para reclamar las cantidades adeudadas por el otro progenitor.

Este plazo de cinco años se aplica a cada una de las mensualidades impagadas, lo que significa que cada vez que una mensualidad de la pensión no es pagada, comienza a contar un plazo de cinco años para reclamar esa cantidad en particular.

Ejemplo práctico

Si un progenitor dejó de pagar la pensión de alimentos en enero de 2018, el progenitor custodio tendría hasta enero de 2023 para reclamar judicialmente esa mensualidad. Si no lo hace antes de esa fecha, la deuda correspondiente a esa mensualidad prescribirá y ya no podrá ser reclamada.

¿Qué ocurre si la deuda ya ha prescrito?

Una vez que la deuda por impago de pensión de alimentos ha prescrito, el progenitor custodio ya no puede reclamar legalmente esa cantidad. Sin embargo, la deuda sigue existiendo moralmente y el progenitor deudor podría, voluntariamente, pagar las cantidades adeudadas, aunque no esté legalmente obligado a hacerlo.

¿Cómo evitar que la deuda prescriba?

Para evitar que la deuda por impago de pensión de alimentos prescriba, el progenitor custodio debe actuar dentro del plazo de cinco años, iniciando un proceso judicial de reclamación de la deuda. Este proceso puede consistir en:

  1. Solicitud de ejecución de la sentencia: Este es el paso más común para reclamar las cantidades adeudadas. Se solicita al juez que ejecute la sentencia que establecía la pensión de alimentos, obligando al progenitor deudor a pagar lo que debe.
  2. Embargo de bienes: Si el progenitor deudor no paga de manera voluntaria, el juez puede ordenar el embargo de bienes o salarios para cubrir las cantidades impagadas.
  3. Denuncia penal: En los casos más graves de impago prolongado, se puede interponer una denuncia penal por delito de abandono de familia, lo que puede derivar en sanciones más severas para el progenitor moroso.
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Es importante contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho de familia para iniciar estos procesos y asegurarse de que se cumplan correctamente los plazos y procedimientos.

¿Qué hacer si el progenitor no paga de forma intermitente?

Si el progenitor paga de forma irregular, es decir, solo algunas mensualidades o cantidades parciales, el progenitor custodio debe estar atento a los impagos totales o parciales. Aunque se realicen pagos intermitentes, las cantidades impagadas continúan siendo exigibles y pueden reclamarse antes de que prescriban.

¿Se pueden reclamar todas las mensualidades impagadas de una vez?

Sí, el progenitor custodio puede solicitar la reclamación de todas las mensualidades impagadas de una sola vez, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde el impago de cada una de ellas. En este caso, el juez sumará todas las cantidades adeudadas y ordenará su pago.

¿Qué pasa si el progenitor deudor está en el extranjero?

Cuando el progenitor deudor reside en el extranjero, la deuda sigue existiendo y se puede reclamar de la misma manera, pero el proceso puede ser más complejo. En estos casos, el progenitor custodio puede recurrir a los convenios internacionales de alimentos o al exequátur (proceso por el cual una sentencia española es reconocida y ejecutada en otro país) para reclamar la deuda.

Los tratados internacionales, como el Convenio de La Haya o el Convenio de Nueva York, facilitan la cooperación entre países en estos casos, haciendo posible la reclamación de la deuda por impago de pensión de alimentos incluso si el progenitor reside en el extranjero.

Preguntas frecuentes sobre la prescripción de la deuda por impago de pensión de alimentos

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una pensión de alimentos impagada?

Tienes un plazo de cinco años para reclamar cada mensualidad de pensión de alimentos impagada. Si no reclamas dentro de ese plazo, la deuda prescribe y ya no podrás exigir legalmente el pago.

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¿Qué pasa si ya han pasado más de cinco años desde el impago?

Si han pasado más de cinco años desde el impago de una mensualidad, esa deuda ha prescrito y no podrá ser reclamada judicialmente. Sin embargo, el progenitor deudor podría pagar voluntariamente.

¿Es posible interrumpir el plazo de prescripción?

Sí, el plazo de prescripción se puede interrumpir si se inicia un proceso judicial de reclamación de la deuda, como solicitar la ejecución de la sentencia o el embargo de bienes. Esto reinicia el plazo de prescripción.

¿Puedo reclamar deudas de más de cinco años si el progenitor no ha pagado nada en absoluto?

No. Aunque el progenitor no haya pagado nada en más de cinco años, solo podrás reclamar las cantidades impagadas correspondientes a los últimos cinco años, ya que las anteriores habrán prescrito.

¿Qué ocurre si el progenitor deudor se declara insolvente?

Si el progenitor se declara insolvente, el juez puede ordenar el embargo de bienes, propiedades o salarios para cubrir las cantidades adeudadas. Si no se encuentran bienes embargables, la deuda quedará pendiente, pero no desaparece automáticamente.

¿Qué hacer si el progenitor deudor está en otro país?

Si el progenitor deudor está en el extranjero, puedes recurrir a los convenios internacionales de alimentos o solicitar un exequátur para que la sentencia española sea reconocida y ejecutada en el país donde reside.

Conclusión

La prescripción de la deuda por impago de pensión de alimentos es un aspecto clave que todo progenitor custodio debe conocer. El plazo de cinco años limita el tiempo para reclamar las cantidades adeudadas, por lo que es fundamental actuar con rapidez y solicitar el pago de las pensiones impagadas antes de que prescriban. Con la ayuda de un abogado especializado en derecho de familia, se pueden tomar las medidas legales necesarias para garantizar que los hijos reciban el apoyo económico al que tienen derecho.

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